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Acabo de finalizar la lectura del proyecto de cambios a la Constitución aprobado por la AN el día 2-11-07. Quiero compartir mi primera impresión sobre el texto. Como reacción inicial, hay que profundizar más en su estudio. Son 69 artículos (se busca cambiar el 20% de la Constitución vigente), muchos de los cuales requieren de una lectura muy detallada, ya que la interpretación constitucional se presta a diferentes aristas. No se comentarán todos los artículos, sino aquellos incluidos por la AN que no estaban en la propuesta original, y los artículos modificados que estaban en el proyecto presentado el día 15-8-07. Se comentarán de forma puntual y breve, y se dirá cómo el cambio planteado implica un retroceso con respecto a la Carta Magna de 1999 e ¡incluso! Una desmejora con respecto a lo que planteó Chávez en su propuesta original (algo que parece increíble, pero sí, hasta a eso llegó la AN). Para los artículos no comentados, el lector puede buscar en este blog el trabajo “La marcha de la locura”, en el mes de agosto (publicado el día 19).
En líneas generales, salvo pequeñas mejoras que se avisarán, lo aprobado por la AN profundiza la idea de concentrar poder por parte del gobierno y en términos de los derechos humanos, hay desmejoras sumamente graves (los estados de excepción, por ejemplo). Si se aprueba esta propuesta, lo que tendremos será un Estado blindado, encerrado en sí mismo, que va a ensayar un modelo socialista y por eso busca acumular la mayor cantidad de poder posible, con un Presidente hiper-poderoso, y escasos mecanismos de control. Esto no es nuevo. Lo que sí es llamativo del proyecto es que, al mismo tiempo que se habla del “poder popular”, el Estado se protege de éste. Se blinda no sólo para adelantar un proyecto socialista, sino para protegerse de la gente ¿Será que el gobierno anticipa conflictos sociales, porque sabe que su proyecto no cuenta con la legitimidad de todo el país? Así parece, y quiere aprobar una reforma para protegerse. Viviremos una realidad un poco extraña: un Estado por su cuenta, y una sociedad sublevada, a la que ese Estado ataca. Un extrañamiento colectivo. Una alienación social, en donde El Estado se separa de la sociedad, y la ve más bien como un espacio para experimentar o como “correa de transmisión”, pero no en relación de igualdad sino de subordinación, a la que le “da” algunas cosas. Un Estado dirigido por una casta que se siente extraña a la sociedad, y que se atribuye un poder superior para dirigirla hacia el nirvana que se supone es el “socialismo bolivariano”. En fin, que ven a la sociedad como un espacio para tutelarla o, en el peor de los casos, como una enemiga potencial.
Confieso que la lectura de muchos artículos me produjeron enojo, por el abierto desmejoramiento con respecto a lo logrado en 1999, y porque me sentí como una suerte de “conejillo de indias” con el cual van a experimentar, y primero hay que degradarlo en sus derechos para convertirlo en objeto que puedan manipular. Tuve una extraña sensación que pasaremos de una relación ciudadanos-funcionarios a una relación carcelero-prisionero. Se nos promete una “jaula de oro”. Será de oro, pero es jaula al fin. Es mi conclusión luego de leer este proyecto de “reforma”.

Vamos a los comentarios puntuales sobre los artículos:
1.-Artículo 71: se aumentó el porcentaje para solicitar el referéndum consultivo del 10 al 20 por ciento. Se agregó lo siguiente que no estaba en la CN de 1999, y que busca limitar más adelante el ejercicio de este derecho, “No podrán ser sometidas a referendo consultivo las materias expresamente reguladas por esta Constitución" ¿Cuáles son? Son casi todas.
2.-Artículo 72: para solicitar un revocatorio, se aumentó el número de firmas del 20 al 30 por ciento. Para que el revocatorio sea válido, se incrementó la asistencia de votantes: del 25 al 40 por ciento. Se incluyó una expresión que complica la definición del funcionario revocado y protege más a quien se quiere revocar, “Cuando igual o mayor número de electores y electoras que eligieron al funcionario o funcionaria hubieren votado a favor de la revocatoria y sea mayor el total de votos a favor que el total de votos en contra”. Será difícil revocar a alguien.
3.-Artículo 73: se subió el porcentaje para solicitar un referendo a los proyectos de ley del 25 al 30 por ciento. Para aprobar tratados internacionales a solicitud de los ciudadanos y ciudadanas, también se aumentó: del 15 al 30 por ciento ¿Obstáculos para aprobar tratados internacionales que puedan beneficiar los derechos humanos o sean a favor de la democracia?
4.-Artículo 74: si la sociedad quiere abrogar una ley, tendrá ahora que buscar más firmas. Aumentó del 10 al 30 por ciento. Si quiere abrogar los decretos-leyes del Presidente, la exigencia es desmedida. Del 5 al 30 por ciento. La conclusión es que Chávez quiere gobernar por decreto, y quiere cuidarse de la posibilidad de que sean abrogados por la sociedad. Al “socialismo” se pretende llegar por decretos.
5.-Artículo 109: como dice el dicho, “mataron al tigre, pero le tuvieron miedo al cuero”. Se habla de que todos los miembros de la universidad tienen “plenos derechos”, pero más adelante se agrega que podrán votar los profesores por concurso a partir de instructor ¿Y los contratados con años en las universidades, que son miles? Siguen excluidos. También hay una trampa lingüística: “plenos derechos” es diferente a “voto paritario”. Algo llama la atención, “(...)establecerá las normas para que las elecciones universitarias se decidan en una sola vuelta” ¿Cuál es el miedo a una segunda vuelta? Es obvio que el gobierno ha querido controlar a las universidades, pero no ha podido. Ahora, quiere ensayar la vía electoral pero, por supuesto, que esa vía lo beneficie.
6.-Artículo 141: se incorporaron los principios que estaban en la CN de 1999, pero se mantiene la eliminación de la frase, “la administración pública está al servicio de los ciudadanos y ciudadanas”. Es claro el objetivo del gobierno: una administración para imponer su proyecto y, de manera residual, al servicio de la sociedad.
7.-Artículo 152: se quiere eliminar del texto de 1999 lo siguiente, “y de los intereses del pueblo”, en las relaciones internacionales. Definitivamente, el gobierno no quiere nada con el pueblo. Lo quiere lejos y le quita poder, aunque le crea un nombre muy bonito “poder popular”.
También propone eliminar el atributo de “cooperación” en las relaciones internacionales ¿Qué busca entonces, la guerra? Agrega esta perla, “A los efectos de garantizar el cumplimiento de esta política, se declara el Servicio Exterior como actividad estratégica de Estado. Su organización y funcionamiento será establecido en la ley respectiva”. Se le quiere dar rango constitucional a una cancillería partidizada.
8.-Artículo 156: se agregan nuevas competencias al “poder público nacional”: registro civil, mercantil, y fiscal de las personas. Se cambia el nombre del registro de bienes que propuso Chávez, y se llama “registro civil de bienes” (# 5) ¿Control de toda la sociedad? ¿El “gran hermano”?
Se quitó en el numeral 30 el control del Estado al servicio de “telefonía por cable, inalámbrica, y satelital”.
9.-Artículo 158: es el más revelador sobre cómo el gobierno no quiere darle poder al pueblo, como tanto dice. Quiere darle un poder delegado, delimitado, y controlado. En la propuesta Chávez se habla de “transferir el poder”. Lo que aprobó la AN, quitó la palabra “transferir” y la cambió por “restituyéndole” ¿Cuál restitución? ¿No estamos en un poder constituyente? En el fondo, es cuidarse para cuando la sociedad les pida poder, y crean la ficción de “restituir” algo que nunca ha perdido el pueblo.
10.-Artículo 163: se centralizan las contralorías de los estados. El contralor nombrará a los contralores estadales. Más poder no para el pueblo, sino para el Estado.
11.-Artículo 164: los estados pierden en sus competencias. Ajusta este artículo a las atribuciones del poder nacional y del presidente (artículos 136 y 236) que propuso Chávez. Pone fin a una tradición constitucional para los estados: las competencias residuales ¿Qué son? Lo que no estaba atribuido al poder nacional o a los municipios, eran competencias estadales. Ahora se quiere cambiar el sentido de la frase. La CN de 1999 dice, “todo lo que no corresponda, de conformidad con esta Constitución, a la competencia nacional o municipal” (cursivas nuestras). Ahora se quiere que sea, “todo lo que le atribuya esta Constitución o la ley nacional”. Es decir, lo que esté expresamente en la ley serán las competencias de los estados, no lo “residual” (lo que no esté en los municipios o en el estado nacional).
12.-Artículo 167: tal vez el que recibió un mejor cambio si se compara con el que presentó Chávez. Se regresa a la líneas del situado establecidas en la CN de 1999, pero queda mejor porque con la cantidad “mínima del 25%”, los ingresos de los estados pueden mejorar. Se agrega algo también interesante: el 5% de los ingresos ordinarios estimados en la ley de presupuesto nacional para las comunidades, aunque se agrega la coletilla que tienen que ser del “poder popular”. Se incorporó lo que Chávez había propuesto eliminar: el fondo de compensación entre los estados.
13.-Artículo 173: se propone que los municipios no puedan crear parroquias.
14.-Artículo 176: se centralizan las contralorías municipales, igual que las contralorías de los estados.
15.-Artículo 185: en la propuesta de Chávez se hablaba que el Consejo Nacional de Gobierno, lo integrarían, entre otros, los alcaldes. La AN eliminó esto y los alcaldes ya no lo integrarán, sino que podrán ser “convocados”. Se agregó que también podrían convocarse a “voceros del poder popular”, que no estaba en la propuesta de Chávez (él no cree en el pueblo, y la AN le corrigió ese grave gazapo).
16.-Artículo 191: una viveza de la AN. Los diputados nombrados para puestos en el gobierno por el Jefe del Estado, no pierden su condición de diputados, como es ahora. Como dice el dicho, “se pagan y se dan el vuelto”.
17.-Artículo 236: más poder para Chávez del que ya tiene en la CN de 1999 y del que él había propuesto. En el numeral 3 de la propuesta Chávez se delimitaban los territorios que podría crear. La AN no los delimitó sino que queda abierto a cualquier tipo de territorio. En el numeral 4 se agregó al crear las provincias, que las puede suprimir. Es decir, se puede crear una provincia y luego ser suprimida ¿Cuántos experimentos territoriales tiene en mente este gobierno? En el numeral 5, los vicepresidentes podrán ser ministros ¡Tamaña concentración de poder!
18.-Artículo 252: se amplían los integrantes del Consejo de Estado. Una pequeña mejoría a lo que estaba propuesto.
19.-Artículo 265: la AN concentra la potestad de remover los magistrados del TSJ, con lo que éste poder pierde independencia. Se quiere eliminar la participación del poder ciudadano en este trámite de remoción. Como diría Francisco Franco, el gobierno quiere todo “atado y bien atado”.
20.-Artículo 266: la casta de privilegiados aumenta para ser sometidos a juicio. A los que ya menciona la CN de 1999, se proponen nuevos funcionarios: rectores del CNE, y la nueva categoría de vicepresidentes. Con los militares, se delimita el antejuicio a los integrantes del alto mando militar, pero se agrega una larga lista de “protegidos”: “así como de los oficiales que ejerzan cargos de Comando de Regiones Estratégicas de Defensa, de Regiones Militares, de Áreas de Defensa Integral, de Distritos Militares y de Guarniciones Militares” ¿Para qué esto? Es claro que la base de la estrategia militar de Chávez son unidades militares territoriales, y por eso protege a sus titulares. Además es muy amplio el concepto de “cargos de comando”.
21.-Artículo 272: se quiere eliminar a los estados y municipios de la administración de las cárceles. Igual la posibilidad de privatizarlas. Lo que les espera a los presos si ahora las cárceles se re-centralizan. Si ya la situación es vergonzosa ¿Cómo será en el futuro?
22.-Artículo 279: bajaron el porcentaje de parlamentarios requeridos para nombrar a los integrantes del poder ciudadano del 66 al 50 por ciento. La “vía rápida” del gobierno para nombrar a este poder, por si no puede tener el 66% en la AN, que parece esperar esto. La CN establece que si no hay acuerdo en la AN para elegir a este poder, se hará una elección popular. Esto se quiere eliminar ¿Y el pueblo, entonces, dónde queda?
23.-Artículo 293: ya el CNE no tendrá la obligación de organizar las elecciones de los sindicatos, sino que podrá “cooperar” en su organización. Un micro avance.
24.-Artículo 296: se debilita la independencia de los rectores del CNE al proponer que se elimine que se elegirán con el 66% de los integrantes de la AN, y no decir con cuál cifra se elegirán, que se pasa al artículo 295 y es el 50 por ciento. Se propone que puedan ser removidos con el 50% de los votos en la AN, cuando la CN de 1999 sólo afirma que serán removidos por la AN.
25.-Artículo 299: se propone eliminar la iniciativa privada, la libre competencia, y la productividad.
26.-Artículo 302: la AN agregó a la propuesta de Chávez las actividades de exploración, junto a las de explotación. Se especifica el control del Estado en las empresas de energía, y llamadas “empresas mixtas”.
27.-Artículo 303: se amplía el control del Estado sobre las actividades vinculadas a la energía.
28.-Artículo 318: si ya Chávez con su propuesta mató al BCV, la AN lo remató. En la propuesta de Chávez, quedaba un pequeño resquicio de autonomía del BCV. La AN lo eliminó y ahora “el central” es “un ente del poder ejecutivo nacional” ¡Ni siquiera del poder nacional, es el banco del gobierno! De ente autónomo, puede pasar a ser un simple banco del gobierno ¿Podrá vivir Gastón Parra Luzardo y toda la directiva del BCV con ese cargo de conciencia, al haber aceptado la disminución humillante del BCV? Deberían renunciar por un poquito de vergüenza.
Algo muy grave que modificó la AN: ya la misión del BCV no es la defensa de la estabilidad monetaria y del valor de la moneda. Ahora es, “El objetivo específico del Banco Central de Venezuela, como ente del Poder Ejecutivo Nacional, es lograr las condiciones monetarias, cambiarias y financieras necesarias para promover el crecimiento y el desarrollo económico y social de la Nación” Un simple banco más ¿Qué harán con la inflación? Esto no parece interesar al gobierno, tal vez porque dolarizaron su patrimonio y son más ricos en bolívares ¿Y dónde quedó la “ética socialista y guevarista”?
29.-Artículo 328: sólo se agregó que “sus profesionales activos no tendrán militancia partidista” ¿Y la “milicia”, podrá tener militancia partidista? No se cambió nada con respecto a las FAN, y se agregó esta frase muy confusa, que dice y no dice. Que es y no es.
30.-Artículo 337: sumamente grave. Es el relativo a los estados de excepción. Se quiere quitar el derecho a la información. No es cierto que se “restituyó” el debido proceso. Lo que dice la propuesta de la AN es “el derecho a la defensa, a la integridad personal, a ser juzgado o juzgada por sus jueces naturales y a no ser condenado o condenada a penas que excedan los treinta años”, pero el derecho a la defensa puede ser ante un “tribunal del poder popular”. Además, propone eliminar lo que está en la CN de 1999, que no podrán ser derogados “los demás derechos humanos intangibles”. Se redujo el espacio de los derechos humanos a preservar en un estado de excepción.
31.-Artículo 338: también muy grave. Se quiere agregar una nueva categoría para la excepción no prevista en la CN de 1999: “estado de emergencia”, cuya definición da para cualquier cosa que el poder decida. Se propone lo siguiente inmensamente grave, “Los estados de alerta, de emergencia, de emergencia económica y de conmoción interior o exterior, durarán mientras se mantengan las causas que los motivaron”. Se quitan los tiempos establecidos ahora de 30, 60, y 90 días para los tres tipos de excepción que establece la Carta Magna actual. La AN agrega un cuarto tipo de excepción y quiere eliminar los tiempos de duración. Venezuela podrá vivir en un estado de excepción permanente, si así lo decide el gobierno.
32.-Artículo 339: hiper-grave. El gobierno quiere que los estados de excepción tengan una mínima regulación. En la CN de 1999, el TSJ tiene que pronunciarse sobre la constitucionalidad del decreto de excepción. Se quiere eliminar. Pero hay algo más grave. Se quiere suprimir lo que actualmente está vigente y que dice, “el decreto cumplirá con las exigencias, principios, y garantías establecidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos” ¡Horror!
33.-Artículo 341: si la sociedad quiere solicitar un enmienda, aumenta el número de firmas. Del 15 al 20 por ciento.
34.-Articulo 342: es claro que el gobierno quiere volver a “reformar” la Constitución, y por eso quiere cambiar el artículo 342. La CN de 1999 sólo habla de “sustitución” en la reforma. Ahora, se quiere que “suprima” y “agregue” normas constitucionales. Chávez encontró la “vía rápida” para cambiar la constitución, sin pasar por una constituyente.
También se blinda de la sociedad. Si ésta quiere promover una reforma, las firmas aumentaron del 15 al 25 por ciento.
35.-Artículo 348: se busca hacer imposible una constituyente desde la sociedad. Se propone eliminar la posibilidad de que una ANC sea convocada por 1/3 de los concejos municipales “en cabildo”. También, se sube el número de firmas: del 15 al 30 por ciento.
36.-Disposición transitoria primera: se mencionan leyes que van a tener un impacto en la sociedad: la Ley Orgánica del Poder Popular, Ley para la Promoción de la Economía Socialista, Ley Orgánica para la Organización Político-Territorial de la República, Ley de Reforma de la Ley del Banco Central de Venezuela, Ley de Reforma de la Ley del Servicio Exterior ¿Qué leyes serán estas? Se eliminó la Ley de Hacienda Pública Estadal.
37.-Disposición transitoria novena. Dice, “Hasta tanto se dicten las normas que desarrollen los principios establecidos en el artículo 112 de esta Constitución, el Ejecutivo Nacional podrá, mediante decretos o decreto ley, regular la transición al Modelo de Economía Socialista”. Sin comentarios. Todo será por decreto, como se dijo.
38.-Disposición transitoria décima tercera. Afirma, “En un lapso no mayor de un año serán transferidas todas las competencias que correspondan por esta Constitución al Poder Nacional y que actualmente estén atribuidas a los otros niveles del Poder Público” ¡Viva el Estado centralizado, burocratizado, y presidencialista!
Los mejores artículos: 21, 67, 87, 100, 167, y 293. El mejor el 167.
Los artículos que van a devastar a la sociedad: 74, 112, 141, 152, 158, 236 (# 3, 4, 5, 7, y 8), 265, 266, 279, 296, 299, 318, 328, 337, 338, 339, 342, 348, DT # 1, 9, y 13. El peor el 339. Aunque es un artículo que se aplicará en situaciones de excepción -que no están lejos, si vemos a Birmania, Bieolorusia y, ahora, Pakistán, y tal vez Venezuela en un futuro- muestra hasta dónde está dispuesto llegar el gobierno en su afán de concentrar poder y adelantar su proyecto, "a la machimberra". Revela su desprecio por los derechos humanos y por el "humanismo" que tanto pregona.
Invito humildemente a todos a estudiar la propuesta de cambios, y a explicarla de una manera educada, sin alarma, dando argumentos. Invito a votar No el día 2 de diciembre de manera decidida. Como intenté argumentar en el artículo "A los estudiantes" la dinámica política ha llevado al tema de la Constitución no sólo a su aprobación o rechazo, sino a la viabilidad para su aplicación completa, desde el plano político y jurídico. Considero que la alternativa tiene una oportunidad para derrotar políticamente al gobierno. Si hubiese un criterio unido en la alternativa, otro sería el cantar, pero la realidad es que no lo hay. Con eso hay que trabajar. Hoy pareciera que políticamente los costos de aplicar esta propuesta serán elevados para el gobierno. El país está sublevado contra la propuesta. Si el No aumenta, el costo puede ser impagable. Desde el plano jurídico, también hay restricciones. Imagino que en el futuro el TSJ puede ser inundado de solicitudes de nulidad y de recursos de interpretación porque muchas de las normas que se quieren aprobar, chocan con otras de la Constitución. Sólo por ejemplo, los artículos 19, 22, y 23. El 22 es sumamente importante porque abre la puerta a que el TSJ tenga que pronunciarse sobre diversos temas de la "reforma". Dice el artículo que, "La enunciación de los derechos y garantías contenidos en esta Constitución y en los instrumentos internacionales sobre derechos humanos no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona, no figuren expresamente en ellos. La falta de ley reglamentaria de estos derechos no menoscaba el ejercicio de los mismos". Muchos hablan del 333, pero el 22 es más potente ¿Se imaginan una lluvia de solicitudes al TSJ, con base en este artículo? Por más controlado que esté el tribunal por el gobierno, un pronunciamiento en contrario habrá.
Entre otras invitaciones, tengo una para grabar con William Echeverría su programa “En la mañana” que emite Globovisión. Trataré de hacer una invitación ese día, pero si no puedo la hago por este foro a Globovisión -y a los otros medios, si se atreven- es, dado que queda un mes para la elección, que se haga un programa, micros o secciones, en donde de manera informativa se explique esta propuesta. No propongo un programa especial o una serie, sino un programa diario para esto, para explicar sin alarmismo. Es importante la difusión de una propuesta que va a acabar con un logro histórico de la sociedad venezolana: el Estado Democrático y Social de Derecho, para sustituirlo por un “Estado socialista”, a la vez excluyente, autoritario, y confiscador de las libertades ciudadanas.
Con esta propuesta, el "el proceso" comenzó su declinación. Ese es el destino de las "revoluciones". El poeta Havel ("Más allá de la desilusión revolucionaria", El País, 31 de marzo de 2006), afirmó que, "Al final, todas las revoluciones pasan de la euforia a la desilusión. En una atmósfera revolucionaria de solidaridad y sacrificio personal, la gente tiende a pensar que cuando su victoria sea completa, el paraíso en la Tierra será inevitable. Por supuesto, el paraíso nunca llega y, naturalmente, luego viene la decepción".
2006 fue el año de la euforia. 2007 marca el comienzo de la desilusión. El rechazo y desánimo hacia la "reforma", es el indicador más palpable.

Comentarios

Hola profe, he estado utilizando tus análisis de la propuesta de reforma para hacer un poco de proselitismo y creo que han sido bastante bien recibidos. Pa'lante. Muchas gracias, un gran abrazo
Hola Luis:
Gracias. Espero puedan ayudar en algo. También te agradezco las "cuñitas" que haces desde tu blog para que lean este blog. También estoy atento a tu sugerencia de colocar nuevos post en el blog más a menudo, pero a veces no se puede.
Gracias,
Ricardo Sucre Heredia