Matemáticas electorales




Parecen las "cuentas del gran capitán", pero no son. Me refiero a las Normas especiales para las elecciones parlamentarias 2021-2026 aprobadas por el CNE el día 30-6-20, en lo relativo al número de diputados que tendrá la AN, que pasó de los 167 actuales a 277 para la legislatura que se votará el día 6-12-20. Tengo varios días y noches que calculo cómo se llegó a la cifra de 277 parlamentarios, y no encuentro la manera. Tengo una aproximación sobre cómo se alcanzó ese número, más intuitiva que un estudio.

Un punto previo es acerca del nombramiento del CNE por parte del TSJ.

Haciendo abstracción de si el TSJ es legítimo o no porque el tribunal está envuelto en un conflicto político entre el gobierno y la oposición con una posición a favor del primero, la designación del nuevo CNE por el tribunal sí es constitucional. Lo ideal hubiera sido un acuerdo político como sugiere el espíritu de la constitución. Por eso la decisión para nombrar al cuerpo electoral está en la AN con 2/3 de los votos de la totalidad de los diputados, no de los presentes en la sesión en la que se designe al CNE.

El problema es que el conflicto político venezolano y su polarización, han hecho imposible en la práctica cumplir con ese mandato constitucional, incluso desde 1999. Hay que recordar que el CNE de ese año lo designó la constituyente, luego lo designó el llamado congresillo, y de allí hasta la fecha de hoy, salvo el 2006, ha sido nombrado por el TSJ porque no ha sido posible encontrar un acuerdo político entre el gobierno y la oposición para nombrarlo desde la AN.

El consejo electoral de 2006 se pudo nombrar porque el chavismo era mayoría en el parlamento. Hay que recordar que la oposición no asistió a las elecciones de 2005, y la asamblea fue ganada por el chavismo. En esa circunstancia la AN pudo designar al CNE de entonces, pero con los votos del chavismo exclusivamente. Seguramente fuera de la AN conversaron con la oposición porque entró Vicente Díaz como rector principal. Es decir, el chavismo negoció con la oposición afuera y legitimó lo acordado dentro de la asamblea con su voto para tener al CNE de 2006.

Lo que esta experiencia y los demás intentos para designar CNE sugieren, es que la norma constitucional en un país muy polarizado y con un conflicto existencial como es Venezuela, no funciona y se apela a la sala constitucional para que haga el nombramiento.

Que sea el TSJ que designe a los integrantes del CNE, es otra discusión. Es el debate si la sala constitucional puede modificar de hecho la constitución con sus sentencias, y si estos cambios a la carta magna deberían ser por la vía de la Asamblea Nacional como poder político y los referendos. El hecho es que el diseño de la constitución permite a la sala constitucional tomar decisiones de carácter legislativo y ejecutivo -más en lo legislativo- y cambiar la constitución en los hechos, pero eso es otra discusión.

En resumen, sí es constitucional el nuevo CNE designado por el TSJ el día 5-6-20. Que debió ser por un acuerdo político, sí, pero la lucha en Venezuela es existencial, lo que no hace posible acuerdos de este tipo. Lo más cercano son acuerdos parciales entre fuerzas políticas fuera del marco de la AN como en 2006 o 2020, para incorporar figuras en el Consejo Nacional Electoral que no sean afines o cercanas al gobierno.

El tema polémico en este momento es si se puede aumentar el número de diputados de la AN. La constitución sugiere que no en términos del total de diputados que puede oscilar entre 165-168 parlamentarios.

Un constituyente de 1999, Leopoldo Puchi, en un artículo reciente en El Universal, escribió que en los debates de la ANC y lo que se aprobó como artículo, fue una lógica para no tener una AN con muchos diputados, para evitar la burocracia asociada.

Por eso se aprobó la base poblacional del 1,1% que está en el artículo 186. Este porcentaje se aplica a la población total en un momento determinado. Por ejemplo, redondeemos la población venezolana a 33 millones. El 1,1% es 363.000. Ese es el llamado “Indice poblacional”. Este índice se divide entre el total de la población, y da 90,9, que si se redondea es 91. Este es un número fijo, independientemente del crecimiento de la población total. 91 son los diputados que corresponden por votación con nombre y apellido. Esos diputados se distribuyen entre las 24 entidades electorales en función de la población. Imaginemos que Zulia tiene 5 millones de habitantes. Se divide esa cantidad entre 363.000, da 13,77, se redondea y son 14 diputados nominales.

Pero la constitución prevé que cada estado, independientemente de su población, tendrá 3 diputados. Son 24 entidades por 3, da 72 diputados, que se votan por lista. Entonces, se tiene: 91 diputados nominal + 72 diputados lista = 163 parlamentarios. A esta cifra hay que agregar 3 representantes indígenas también establecidos por la constitución, y se tiene el total de diputados para nuestra hipotética AN que no dista de las cifras reales. En nuestro ejercicio, son 166 diputados. La AN elegida en 2015 tiene 167 diputados. La votada en 2010 tuvo 165 parlamentarios.

Es decir, el número es cerca de 166 parlamentarios. Donde puede haber cambios, es cómo se distribuyen los diputados nominales. Si la población de un estado crece mucho, tendrá más diputados nominales, pero será del número fijo de 91 diputados. Evidentemente aquí hay un sesgo, porque la norma constitucional puede generar -como parece- más peso de los estados más poblados en detrimento de los menos poblados, que tal vez necesitan mayor voz en el parlamento.

¿De dónde salen los 277 diputados? Aquí va mi hipótesis.

Lo que el CNE hizo fue agregar a este número que establece la constitución, nuevos diputados.

Creó una categoría de diputado nacionales que se elegirán por lista y son 48. Entonces, hagamos la cuenta. Esta es: 91 diputados nominales + 72 diputados por lista + 3 indígenas -que quedan más sub-representados en la nueva norma, al ser mayor el número total de diputados de la AN- más 48 diputados nacionales = 214 diputados. Y la diferencia de 63 diputados, para los 277 ¿Cómo se reparte o de dónde viene?

La norma asume 93 diputados nominales, es decir, a 91 se suman 2, para tener 93. Se restan 2 de 63, y queda 61, que son los que hay que explicar en cuanto a su distribución para tener los 277 parlamentarios.

Los nominales a elegir en total son 130 diputados. Entonces, si son 93 de acuerdo al índice poblacional, faltan 37. Estos se agregan a todas las entidades electorales en números que varían de 1 diputado por estado hasta 3 por estado. Así a 13 estados se le agregaron 1 diputado, a 9 estados dos diputados, y a dos estados -Carabobo y Zulia- 3 diputados. Aquí están los 130 diputados.

Pero faltan por asignar 24 diputados, que es la diferencia entre 63 - 37 diputados asignados al voto nominal, para el gran total de 277.

Estos 24 diputados se distribuyen en la lista nacional en 9 estados: DC, Anzoátegui, Aragua, Bolívar, Carabobo, Lara, Miranda, y Táchira. A los tres que establece la constitución, se le sumó una cantidad de diputados entre 1 (Anzoátegui, Bolívar, y Táchira) hasta 7 diputados más (Zulia), pero no a las 24 entidades que votan, sino solo a 9. Por ejemplo, según el 186 de la constitución cada estado tendrá 3 diputados, independientemente de su población que se votan en una lista. Zulia tiene 3, pero con las nuevas normas del CNE, se se suman 7 que totalizan 10 diputados lista para ese estado.

Es decir, con las nuevas normas, el Zulia sumó 10 diputados. Con el artículo 186 sin las normas, Zulia tendría 12 diputados nominales y 3 diputados por el voto lista, es decir, 15 parlamentarios. Con los cambios que introdujo la norma, Zulia ganó 3 diputados nominales y 7 diputados lista, por lo que ese estado seleccionará 25 diputados el día 6-12-20.

En resumen, sacamos otra vez la cuenta: 93 nominales + 3 indígenas + 72 lista de los estados + 48 nacionales + 37 que se suman a los nominales en todos los estados + 24 que se suman a 9 estados en el voto lista = 277 diputados.

¿Por qué 37 y 24 diputados nominales y lista, y por qué unos estados más y otros no o menos? No lo podemos responder. Aquí será la interpretación de cada quien, con malicia o sin malicia.

Lo más probable es que se diga que se hizo para favorecer al PSUV y "tirarle algo" a los partidos de la oposición que compitan. Puede ser, aunque no suscribo esta hipótesis. Pero vamos a analizarla. El 66% de los estados escogen entre 6 y 7 diputados que en esta hipótesis pueden ser ganados por el PSUV, porque tiene presencia en esos estados. Y la oposición ganar o sumar más en estados grandes y poblados como Miranda y Zulia.

Tal vez la lógica del PSUV sea, "ganamos en los estados pequeños o menos poblados que representan los 2/3 del país y suman el 35% de la futura AN con 98 diputados". Ya el PSUV tendría 1/3 de la futura AN. Si el PSUV quiere la mayoría simple, son 142 diputados. Faltarían 44 diputados que los puede lograr en los estados grandes y poblados. Si busca los 2/3 tendría que sumar 88 diputados a los 98 diputados de los estados que eligen 6 y 7 diputados -al suponer que los gana todos- pero el camino para todo eso es cuesta arriba.

En resumen, la lógica del PSUV puede ser ganar en todos los estados pequeños, y sumar en los grandes, donde la oposición lo hace mejor a la hora de ir a elecciones.

Si esta hipótesis tiene base, la oposición deberá garantizar obtener sus diputados en lo estados grandes donde tiene fuerza, pero evitar que le resten en los estados pequeños, donde es menos fuerte.

Lo anterior son hipótesis. El hecho es que no es constitucional aumentar el número de diputados, aunque como se comentó antes, la sala constitucional asumió funciones constituyentes, y le otorgó al CNE la facultad para modificar las normas electorales, que es lo que hizo.

El TSJ puede decir que es constitucional porque la constitución implícitamente no habla de un techo de diputados para la AN, sino un porcentaje que es fijo, pero no es un techo. El tribunal puede explicar -como lo hace el CNE- que para dar presencia política a una nueva realidad del país, hay que sumar diputados a la lógica que define el artículo 186 de la carta magna. 

Sin embargo, esta suma no se realizó de forma ortodoxa ni tampoco ha sido explicado cómo se llegó al total de 277 diputados, pero estos cambios son producto de un acuerdo político entre el gobierno y los partidos de la mesa de la Casa Amarilla. El propósito visible es darle más voz a los que menos tienen en función de su representación, y si hay algún "truco", es en la forma cómo se distribuyeron los diputados para sumar los 277 legisladores.

Falta en todo esto el tema de los circuitos electorales. El CNE dijo que se mantendrán los usados en 2015, pero queda ver cómo se dibujan para esta elección, porque al ser más diputados posiblemente se tengan más circuitos plurinominales. Esto hay que analizarlo.

Por lo pronto, tengo una respuesta para el misterio de los 277 diputados de la AN 2021-2026.

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